Desde la Mutua queremos compensarte por los gastos incurridos en los tratamientos o actos médico quirúrgicos.
En el Reglamento podrás encontrar qué coberturas ofrece la Mutua, así como las condiciones y porcentajes que se aplican, siempre teniendo en cuenta el principio de complementariedad.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Las contingencias cubiertas serán objeto de constante adaptación y serán comunicadas a los interesados así como, en su caso, los porcentajes de cobertura.
El plazo para presentar las facturas es de 2 meses desde su pago.
Las facturas o recibos que se presenten tienen que cumplir los requisitos siguientes:
Comprobando bancario de pago.
Nombre completo y NIF del paciente.
Fecha en que se ha hecho el tratamiento.
Importe desglosado por partidas y conceptos.
Tiene que estar confeccionado en un impreso del facultativo, clínica o centro médico u hospitalario.
Al impreso habrá de constar el NIF y el número de colegiado, en el caso de los facultativos, y el CIF en el caso de clínicas y centros médicos u hospitalarios.
Se podrán pedir las facturas originales donde haya constancia del pago, siempre que el importe sea superior a 1.800€
¿CÓMO SOLICITARLO?
En papel
Descarga la solicitud rellenando tus datos y adjunta las facturas y los recibos correspondientes.